Costa Rica
SITUACIÓN ACTUAL
Actualmente COSTA RICA acepta expedientes de adopción internacional.
Las familias pueden iniciar la tramitación de una adopción por vía ordinaria de un menor sano con enfermedades recuperables en el país de recepción o la tramitación por necesidades especiales.
El perfil de los menores que necesitan ser adoptados internacionalmente en Costa Rica son los que tienen una edad superior a los seis años y grupos de hermanos.
Además, los niños con necesidades especiales: condiciones de discapacidad, enfermedades crónicas, antecedentes familiares psiquiátricos o condiciones conductuales complejas.
En cuanto al tiempo de espera, actualmente hay una espera de unos 3 años.
ACREDITACIÓN
La entidad de KUNE que tramita las adopciones en COSTA RICA es CREIXER JUNTS que fue acreditada el 14/12/2023.
REQUISITOS
En Costa Rica podrán adoptar parejas heterosexuales y homosexuales casades por más de 3 años o con unión de hecho de más de 3 años. También familias monoparentales masculines y femenines.
En cuanto a la diferencia de edad: es obligatorio tener más de 25 años de edad y menos de 60. Los adoptantes deben tener, al menos, 15 años más que el menor que se pretende adoptar.
Las familias solicitantes de adopción deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Haber obtenido el certificado de idoneidad emitido en base al informe psicosocial elaborado por la entidad pública competente de la Comunidad Autónoma de residencia de los adoptantes.
- Tener plena capacidad civil, y no haber sido privados de la patria potestad.
- No tener antecedentes penales y que no estén cumpliendo condena en prisión, hayan sido condenados o estén cumpliendo algún tipo de sanción administrativa.
- Gozar de buen estado de salud y no encontrarse en tratamiento médico que le impida llevar una vida normal.
- Tener principios morales válidos.
- Disponer de suficientes recursos económicos como para alojar, mantener y educar al menor adoptado.
- Tener domicilio fijo, arrendado o en propiedad.
- Haber pasado por los grupos de preparación del OAAI, con el fin de que ésta pueda emitir el correspondiente certificado.
CARACTERÍSTICAS DE LA TRAMITACIÓN
El organismo central costarricense, el Departamento de Adopción del Patronato Nacional de Infancia (PANI), revisará el expediente de la familia antes de proceder al acuerdo del Consejo Nacional de Adopciones que aceptará la familia como candidata de adopción internacional.
La asignación que llega estará hecha directamente por el Departamento de Adopción del PANI, y contendrá información social y médica del menor junto con una o varias fotografías.
Cuando la familia acepta la asignación se inicia una relación virtual previa al viaje.
La familia tendrá que viajar para iniciar la convivencia con el menor.
La decisión definitiva la dará el Juzgado de Niñez y Adolescencia.
La familia deberá tramitar el pasaporte costarricense, el permiso de salida y la certificación de inscripción en el Registro Civil.
La adopción es plena, es decir, el menor pierde parentesco con su familia biológica y lo adquiere con su familia adoptiva. Por dicha razón, los efectos de la adopción son automáticos en España no requiriéndose más trámite que la inscripción del menor en el Registro Civil correspondiente al domicilio de los adoptantes.
VIAJES AL PAÍS
La familia tendrá que viajar una única vez. La estancia en el país tendrá una duración de seis a ocho semanas aproximadamente.
INFORMES DE SEGUIMIENTO
La familia tendrá que viajar una única vez. La estancia en el país tendrá una duración de seis a ocho semanas.
COSTES DEL PROCEDIMIENTO
Los costes del procedimiento de adopción siempre son aprobados por la Entidad Pública competente en España. En estos costes están incluidos los informes de seguimiento.
Costes no incluidos: viajes al país de origen y cualquier otro que quedará detallado en el dossier informativo oficial, vigente y contractual, aprobado por la Entidad Pública competente en España.