Polonia
SIUACIÓN ACTUAL
Actualmente Polonia acepta expedientes de adopción internacional.
En cuanto al perfil de los menores desde 2018 el organismo competente polaco confirmó que las únicas adopciones que se llevarán a cabo serán:
- Las de reunificaciones de hermanos (hermanos biológicos de niños o niñas ya adoptados por familias extranjeras).
- Los casos excepcionales concernientes a situaciones de salud y condiciones vitales de salud.
- Las de ciudadanos polacos residentes en el extranjero.
Respecto al tiempo de espera, teniendo en cuenta la particularidad de los casos, éstos se resuelven en un plazo aproximado de 2 años.
ACREDITACIÓN
La entidad de KUNE que tramita las adopciones en Polonia es CREIXER JUNTS que fue acreditada el 10/05/2007
REQUISITOS
En Polonia podrán adoptar matrimonios de al menos 5 años de antigüedad y además ha de ser canónico.
En cuanto a la diferencia de edad: los adoptantes deben tener más de 25 años de edad y no más de 40 años de diferencia (respecto al mayor de los cónyuges) con el menor que se pretende adoptar.
Las familias solicitantes de adopción deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Haber obtenido el certificado de idoneidad emitido en base al informe psicosocial elaborado por la entidad pública competente de la Comunidad Autónoma de residencia de los adoptantes.
- Tener plena capacidad legal, y no haber sido privados de la patria potestad.
- No tener antecedentes penales.
- Tener domicilio fijo: en propiedad o arrendado (mediante contrato oficial registrado).
- Tener un nivel de ingresos que permita una adecuada atención del menor que se pretende adoptar.
- No padecer enfermedades infectocontagiosas. No tener ninguna discapacidad física o mental que impida llevar una vida normal y atender adecuadamente al menor que se pretende adoptar.
- Haber pasado por los grupos de preparación del OAAI, con el fin de que ésta pueda emitir el correspondiente certificado.
CARACTERÍSTICAS DE LA TRAMITACIÓN EN POLONIA
El proceso de adopción en Polonia se realiza a través del Centro Católico de adopciones polaco quienes facilitan a los OA la información sobre los niños y niñas con disponibilidad de adopciones internacional. La información es amplia y está compuesta por múltiples informes médicos y sociales. Tras un estudio y una valoración inicial por parte de nuestro equipo psicosocial se solicita una visita por parte de nuestras coordinadoras en el país para ampliar la información y realizar fotos y vídeos para una valoración más completa.
Si la familia es aceptada por el Centro Católico la asignación llega al OA y a la Administración española. Una vez aceptada por las autoridades españolas y por la familia adoptante candidata toda la documentación es remitida al Ministerio polaco quien tiene la potestad de valorar de nuevo el caso completamente. El Ministerio dará o denegará el permiso para realizar el primer viaje.
Una vez realizado el primer viaje y aceptada la asignación, el expediente pasa al juzgado de referencia donde la familia será citada en un plazo de 1 a 3 meses aproximadamente. El segundo viaje tiene una duración aproximada de 45 días y la familia convivirá con el niño o niña desde el primer día en un apartamento alquilado a tal efecto.
La adopción es plena, es decir, el menor pierde parentesco con su familia biológica y lo adquiere con su familia adoptiva. Por dicha razón, los efectos de la adopción son automáticos en España no requiriéndose más trámite que la inscripción del menor en el Registro Civil correspondiente al domicilio de los adoptantes.
VIAJES AL PAÍS
Se realizarán dos viajes al país:
El primero de una duración aproximada de 5 días para conocer al niño o niña pre asignado y presentar, si procede, la demanda de adopción en el juzgado.
Un segundo viaje de aproximadamente 45 días para realizar la convivencia previa al juicio de adopción y esperar el tiempo establecido para obtener la sentencia firme y el pasaporte.
INFORMES DE SEGUIMIENTO
La legislación vigente de POLONIA establece que deberán realizarse 3 seguimientos postadoptivos anuales tras la adopción y posteriormente los seguimientos trienales que correspondan hasta la mayoría de edad.
COSTES DEL PROCEDIMIENTO
Los costes del procedimiento de adopción siempre son aprobados por la Entidad Pública competente en España. En estos costes están incluidos los informes de seguimiento.
Costes no incluidos: viajes al país de origen y cualquier otro que quedará detallado en el dossier informativo oficial, vigente y contractual, aprobado por la Entidad Pública competente en España.